lunes, 21 de junio de 2010

El Senado aprueba el nuevo Código Penal

El pasado 9 de junio de 2010 la reforma del Código Penal es aprobada en el Senado, sin ninguna modificación con respecto al texto que salió del Congreso que entrará en vigor en seis meses. En esta se incluye la modificación del articulo en que se describen los delitos contra la propiedad intelectual y en que tantas organizaciones han defendido un cambio a favor de la despenalización. Este objetivo no se ha cumplido pero se puede decir que los cambios que han surgido del trabajo conjunto de tantas personas ha resultado en un texto que mejora sustancialmente el escenario jurídico para las personas que vendan en la calle Cd’s. Por ello celebramos esta reforma y publicamos a continuación un extracto del informe de prensa sobre el contenido de la reforma emitido por el Ministerio de Justicia.

Extracto:
Delitos contra la propiedad intelectual
LOS ‘MANTEROS’ PODRÁN NO IR A LA CÁRCEL

Actualmente la venta al pormenor de CDs en la calle implica, además de una multa de 12 a 24 meses, pena de cárcel de 6 meses a 2 años.

Con la reforma, se faculta al juez para reducir la pena a multa o trabajos en beneficio de la comunidad cuando:

○ La distribución es al por menor.
○ Las características del culpable desaconsejen su ingreso en prisión.
○ El beneficio económico sea bajo.

Con esta reforma NO se despenaliza el top manta ni se reducen las penas por el resto de delitos de la propiedad intelectual e industrial.

○ Se mantiene la tutela penal para un bien jurídico digno de protección.
○ Únicamente se reduce la pena para las conductas menos graves.
○ Se introduce una falta contra la propiedad intelectual e industrial en los casos en los que el beneficio obtenido sea menor de 400 euros.

TEXTO INTEGRO

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